¿QUÉ ESTUDIOS SE PUEDEN HOMOLOGAR?
Deben ser estudios, títulos oficiales u oficialmente reconocidos conforme a un sistema educativo extranjero, o estudios de centro autorizados para impartir en España enseñanzas conforme a los sistemas educativos de otros países.
Los alumnos que, procedentes de un sistema educativo extranjero, deseen incorporarse a alguno de los seis cursos de la Educación Primaria o hasta cuarto de Educación Secundaria Obligatoria, no deben realizar trámite alguno de convalidación de sus estudios. La incorporación a los estudios correspondientes se realiza en el Centro en que el alumno desea continuarlos. Esto implica que los cursos extranjeros equivalente a los seis de Educación Primaria y a 1º, 2º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria no son susceptibles de convalidación.
Los títulos o estudios deben cumplir los siguientes requisitos para su homologación o convalidación:
- Que los estudios realizados y los títulos obtenidos tengan validez oficial en el sistema educativo del país al que correspondan. Si se han realizado en un centro extranjero ubicado en España, que dicho centro esté debidamente autorizado para impartir tales estudios por la Administración educativa española competente.
- Que el título avale unos estudios efectivamente cursados conforme al sistema educativo del país que lo expide. No es aceptable, a efectos de su homologación en España, un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un país tercero, ni los títulos obtenidos mediante pruebas de nivel, sin haber cursado estudios, salvo en los casos en que una norma lo contemple expresamente.
- Que exista suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto en el nivel académico al que corresponden, como en la duración y contenidos de los estudios requeridos.
- Que los estudios conducentes al título español de referencia estén totalmente implantados en el sistema educativo español.
- Que el curso o cursos objeto de convalidación estén completamente superados en el sistema educativo del otro país (no procede la convalidación de asignaturas sueltas). Además, se exigirá la superación completa de todos y cada uno de los cursos anteriores al curso objeto de homologación o convalidación.
- Que el interesado no haya obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título o los mismos estudios cuya homologación o convalidación solicita.